info@karga2.com | 902 002 213
Plan Moves III: cómo funciona y en qué comunidades autónomas puedes solicitarlo
El pasado mes de abril, el Gobierno de España aprobó la tercera edición del Plan Moves. Se trata de un programa de ayudas y subvenciones destinadas a la adquisición de vehículos de movilidad eléctrica y a la instalación de los diferentes punto de carga. El Plan Moves III, partiendo del éxito del anterior, pretende conseguir en nuestro país una movilidad totalmente sin emisiones. Este queda enmarcado dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
El Plan Moves 2021 cuenta con un presupuesto de 400 millones de euros. Además, cuenta con el compromiso por parte de las autoridades de multiplicarlo por dos en función de la demanda. Lo cierto es que a día de hoy únicamente 6 comunidades autónomas han publicado en el Boletín Oficial del Estado la activación de plan. El plazo terminaba el pasado 14 de julio.
Únicamente Andalucía, Baleares, Canarias, Castilla y León, Castilla La Mancha y País Vasco han puesto en marcha el Plan Moves III. Se está viviendo una situación parecida a la del año pasado, en la que 8 comunidades autónomas se incorporaron fuera de plazo.
¿Cómo solicitar el Plan Moves III?
Estas ayudas están destinadas a cualquier particular, autónomo, administración o empresa que esté interesada en adquirir un vehículo eléctrico o en instalar un punto de recarga. En el caso de los concesionarios, serán ellos quienes se encarguen de solicitar la ayuda. El comprador del vehículo pagará la totalidad del precio y una vez que le concedan la subvención se le abonará la cantidad.
Las personas físicas –autónomos y particulares– pueden solicitar la ayuda de forma telemática a través de este formulario. Se seguirá el orden de presentación de las solicitudes hasta que se terminen los fondos.
¿Qué subvenciones se ofrecen?
Los particulares y autónomos podrán acceder a los incentivos que oscilan entre los 2.500 y los 7.000€, Para las PYMES se encuentran entre los 1.700 y los 5.000€ y para las grandes empresas entre los 1.600 y los 4.000€. Las cifras variarán si el usuario entrega un vehículo para achatarrar.
Las ayudas se incrementarán un 10% para aquellos autónomos que adquieran un taxi u ofrezcan un servicio de VTC. Será de igual forma para aquellos empadronados en municipios que cuenten con menos de 5.000 habitantes o aquellas personas con movilidad reducida que tengan que adaptar su vehículo. En estos casos la ayuda puede alcanzar los 9.900€ en cuanto a furgonetas y los 7.700€ en el caso de los turismos.

El limite de precio se encuentra en los 45.000€ sin IVA ampliables a los 53.000€ para los vehículos de ocho y nueve plazas. A parte de esta ayuda, cada persona podrá recibir un descuento mínimo de 1000€ por parte de los concesionarios para la compra de vehículos como turismos y furgonetas.
En el caso de las infraestructuras de recarga, se cubrirá el coste del 70% de la instalación en el caso de los autónomos, particulares, entidades locales y comunidades de propietarios. Por otro lado, para las empresas la ayuda será del 35% en aquellas de acceso público con potencia mayor o igual a 50 kilovatios (kW) y el 30% del coste de infraestructuras de uso privado o público con potencia inferior a 50 kW.
En Plan Moves III no es compatible con otras ayudas para vehículos que se hayan solicitado.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Las solicitudes procedentes de particulares, autónomos y administraciones deben cumplir como requisito principal que la compra del vehículo se haya efectuado más tarde del 9 de abril de 2021. En el caso de los contratos de renting también deben haberse firmado más tarde de esa fecha.
En el caso de las empresas, la matriculación, facturas y contratos han de ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. Estas podrán solicitar la ayuda para hasta 50 vehículos mientras que los particulares únicamente pueden presentar una solicitud.

Se debe tener en cuenta que solo es posible acogerse a uno de los programas Moves. Es así que si solicitas el Plan Moves III debes renunciar de forma automática a la solicitud del Plan Moves II siempre y cuando sea para la misma compra.
Por último, hemos de tener en cuenta que este tipo de ayudas tributan, por lo que se deben incluir en la declaración de la renta. Está considerado una ganancia patrimonial que no deriva de la transmisión de elementos patrimoniales por lo que se sumará a la base general del IRPF.
Y tú, ¿vas a solicitar el Plan Moves III? Puedes contárnoslo en los comentarios. ¡Apuesta por la movilidad eléctrica!